Régimen Obligatorio de Pensión Complementaria
¿Qué es el ROP?
Es el Régimen de Pensión Complementaria, creado en el año 2000 bajo la ley 7983. Es un fondo cuyo objetivo primordial es brindar un ingreso adicional que apoye al pensionado y permita mejorar la pensión que recibirá del Régimen Básico al que pertenezca, ya sea IVM, Poder Judicial, JUPEMA, Ministerio de Hacienda.
Se forma con los aportes equivalentes al 4,25% del salario reportado en las planillas de la CCSS. De este porcentaje un 1% es aportado por el trabajador y el resto por el patrono.
Este fondo es administrado por las operadoras de pensiones, en este caso Vida Plena le suma a este fondo realizando una gestión responsable y segura en la administración para generar mejores rendimientos que le permitan aumentar su capital y obtener un mayor bienestar al momento de su jubilación.
Conozca los pasos para obtener su pensión complementaria
1. Se jubila del primer pilar
Usted podrá retirar la pensión complementaria de su fondo del ROP cuando se haya jubilado del régimen básico de pensión al que pertenece, IVM con la CCSS, Magisterio con JUPEMA u otro.
La pensión básica + la pensión complementaria conformará su ingreso en la etapa de su retiro. Recuerde que un Plan de pensión voluntaria le ayudará a aumentar sus recursos.
2. Notificar a Vida Plena para que proceda a solicitar la certificación de pensión
La notificación puede realizarse por medio de la llamada telefónica al 800-848-2667, en Oficinas Centrales de Vida Plena o a través del correo electrónico afiliado@vidaplena.fi.cr
Posteriormente:
- Vida Plena le indicará si la certificación de pensión ya se encuentra disponible para que realice la solicitud.
- Una vez que Vida Plena le indique que ya posee la certificación de pensión debe presentarse a Oficinas Centrales o a cualquier Punto de Servicio con el documento de identificación vigente y el número de cuenta IBAN a realizar la solicitud de retiro del ROP.
- El número de cuenta IBAN en el caso de los extranjeros debe presentar adicional a la cuenta IBAN, el documento de identificación DIMEX.
3. Elegir el Plan de Beneficios
La pensión complementaria de su fondo del ROP se entrega en un Plan de Beneficios, el cual le otorgará mes a mes un monto que se definirá de acuerdo con varios aspectos, que deberán verse en el momento que usted hace el trámite de pensión en la operadora.
Conozca aquí los planes de beneficio. Planes de Beneficios – Vida Plena OPC
Casos en los que puede solicitar el ROP
Para realizar el retiro por jubilación del ROP debe presentar los siguientes requisitos:
- Nacionales: cédula de identidad en buen estado.
- Extranjeros: carné del seguro social y cédula de residencia o pasaporte vigente y en buen estado.
- Certificado del Régimen Básico en el cuál se encuentra adscrito, que haga constar la condición de pensionado y se establezca que cumple con lo establecido en el Art. 15 del Reglamento de Beneficios y que indique: el nombre completo, número de identificación del pensionado y la fecha de emisión de la certificación. (Este documento lo solicita Vida Plena)
- Número de cuenta IBAN, en el caso de los extranjeros debe presentar adicional a la cuenta IBAN, el documento de identificación DIMEX.
1. Beneficiarios en el Régimen Básico
Una vez que realizó el trámite con el Régimen Básico (IVM, JUPEMA, Poder Judicial, etc.) debe notificar a Vida Plena para que se proceda a solicitar la constancia y resolución de beneficiarios al Régimen correspondiente, en cuanto se reciba el documento se procederá a notificar a la persona interesada para que se presente a realizar el trámite con los siguientes documentos:
- Constancia de defunción emitida por el Registro Civil.
- Beneficiarios mayores de edad: documento de identidad original, vigente y en buen estado.
- Beneficiarios menores de edad: constancia de nacimiento o identificación de menores.
Los beneficiarios menores de edad deben presentar el documento probatorio del juzgado de familia de la patria potestad (en ausencia de padre y madre). - Cuenta IBAN de cada beneficiario.
2. En caso de inexistencia de beneficiarios en el Régimen Básico después de transcurrido un plazo de 12 meses se tomarán los beneficiarios del contrato de afiliación o solicitud de pensión designados en vida por el afiliado, los beneficiarios deben presentar:
- Certificación de los 4 regímenes básicos del país (IVM. JUPEMA, Poder Judicial, Hacienda) en la que haga constar la no existencia de personas disfrutando o solicitando el derecho de pensión por sobrevivencia. (este documento es solicitado por Vida Plena)
- Constancia de defunción emitida por el Registro Civil.
- Beneficiarios mayores de edad: Documento de identidad original y en buen estado.
- Beneficiarios menores de edad designados en el contrato de afiliación: Se toma en cuenta el administrador indicado en el contrato de afiliación, en caso de no haber un administrador se toma la persona que tiene la patria potestad.
- Cuenta IBAN de cada beneficiario
3. En los casos donde no existan beneficiarios designados por el régimen básico, ni en el formulario de afiliación del ROP en la Operadora de Pensiones Complementarias, los interesados en ser designados como tales deberán plantear su pretensión ante el Juzgado de Trabajo correspondiente, por medio de un proceso de Distribución de prestaciones de personas trabajadoras fallecidas, para lo cual deben presentar:
- Oficio emitido por el juzgado en el cual se detalle la solicitud de la entrega tanto del FCL como del ROP, en algunos casos el juzgado se encarga del envío del oficio a Vida Plena, o también puede ser enviado por correo electrónico.
- Certificación de los 4 regímenes básicos del país (IVM, JUPEMA, Poder Judicial, Hacienda), en la que haga constar la no existencia de personas disfrutando o solicitando le derecho de pensión por sobrevivencia (este documento es solicitado por Vida Plena).